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Encuentra respuestas rápidas y con sustento jurídico a las consultas más habituales sobre compras, ventas, arriendos y tramitación legal inmobiliaria.

En Chile, la comisión estándar al comprar una propiedad es del 2% + IVA sobre el valor final de venta. Esta comisión cubre todo el proceso de asesoría: prospección de opciones, negociación de ofertas, redacción de la promesa de compraventa y el acompañamiento constante hasta la firma de la escritura definitiva y la entrega material de la llave.
Aparte del precio de venta y la comisión de corretaje, debes considerar: gastos notariales (firmas y copias autorizadas), el impuesto al mutuo (si compras con crédito hipotecario), tasación y estudio de títulos del banco financista, y el pago de derechos de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (CBR), el cual corresponde aproximadamente al 0.5% del valor de la transacción.
Es un contrato formal donde comprador y vendedor se comprometen legalmente a celebrar la transacción definitiva dentro de un plazo o bajo condiciones acordadas (como la aprobación de un crédito). Su importancia radica en que fija el precio, establece penalidades por incumplimiento y resguarda la propiedad del mercado mientras se realiza el estudio de títulos.
Es primordial verificar la factibilidad de agua (si posee derechos de agua inscritos, pozo profundo certificado o APR local), factibilidad de electricidad (postación cercana o empalme), y que el plano de subdivisión esté debidamente aprobado por el SAG (Servicio Agrícola y Ganadero) y posea su correspondiente Rol de Avalúo único asignado por el SII.
En la zona lacustre (Villarrica, Pucón, Licán Ray), una venta toma en promedio entre 3 a 6 meses. Sin embargo, este plazo se puede reducir drásticamente si la propiedad cuenta con una tasación de mercado realista, una estrategia de marketing profesional (como la nuestra) y toda la carpeta de títulos limpia y lista para estudio.
Los documentos principales son: copia autorizada de la escritura de compraventa, certificado de dominio vigente (CBR), certificado de gravámenes y prohibiciones de 30 años (GP), rol de avalúo detallado, certificado de no expropiación (Serviu y Municipal), planos de subdivisión (si aplica) y recibos de contribuciones pagadas al día.
Se aplica impuesto a la ganancia de capital (plusvalía) si el precio de venta supera al valor histórico de adquisición. Sin embargo, para personas naturales existe una exención legal acumulativa de hasta 8.000 UF durante toda la vida, aplicable siempre que la propiedad no forme parte del activo de una empresa.
Si la propiedad fue adquirida durante la vigencia del matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, se requiere obligatoriamente de la comparecencia y autorización expresa del cónyuge para firmar la escritura de compraventa. De lo contrario, la transacción carece de validez legal.
Sí. Para celebrar un contrato de arrendamiento seguro y válido, el arrendador debe acreditar ser el propietario legítimo mediante un Certificado de Dominio Vigente reciente (emitido por el CBR). En caso de que el arrendador sea un tercero, este debe exhibir obligatoriamente un mandato de poder notarial vigente y amplio que lo faculte expresamente para administrar y arrendar dicha propiedad en nombre del dueño.
El mes de garantía tiene como exclusivo fin responder por deterioros materiales causados en la propiedad que excedan el uso natural y legítimo de las cosas, así como saldar cuentas de consumos básicos o gastos comunes que queden pendientes al terminar el contrato. No es de libre uso ni puede computarse como pago del último mes de renta. El arrendador no puede apropiarse de esta garantía de forma arbitraria; para retener total o parcialmente el monto, debe justificar de manera detallada los cobros exhibiendo presupuestos formales, facturas o boletas de las reparaciones realizadas.
El propietario (arrendador) tiene la obligación legal de realizar todas las reparaciones necesarias para mantener el inmueble habitable (fallas estructurales, rotura de cañerías matrices, filtraciones del techo), siempre que el desperfecto no sea imputable a culpa del inquilino. El arrendatario (inquilino) debe costear las reparaciones locativas, que son aquellas derivadas del desgaste ordinario por su uso diario (griferías menores, ampolletas, vidrios dañados).
Se solicita: cédula de identidad vigente, acreditar ingresos mensuales mínimos equivalentes a 3 veces el valor del arriendo (mediante liquidaciones de sueldo o declaraciones anuales de impuestos), contrato de trabajo indefinido, informe comercial (Dicom Equifax Platinum 360) sin morosidades y la firma de un codeudor solidario (aval) con los mismos antecedentes.
Contempla la recaudación de gastos comunes, emisión de comprobantes, gestión de cuentas bancarias y fondos de reserva. También abarca la contratación, pago de cotizaciones y dirección del personal (conserjes, aseo), contratación de seguros obligatorios, coordinación de mantenciones preventivas (bombas, ascensores) y fiscalización de seguridad.
El corredor o administrador tiene la responsabilidad de resguardar la transparencia en el proceso: 1) Verificar el dominio vigente y cédula del propietario antes de arrendar; 2) Elaborar un Acta de Entrega minuciosa que incluya inventario y registro fotográfico firmado; 3) Realizar un Acta de Recepción al término del arriendo para constatar el estado físico de entrega; 4) Si hay daños, presentar al arrendatario un detalle pormenorizado con cotizaciones y boletas reales; y 5) Administrar y gestionar la devolución oportuna del mes de garantía según los plazos del contrato.
Es un análisis exhaustivo de los antecedentes jurídicos de la propiedad durante los últimos 10 a 30 años. Sirve para corroborar que no existan litigios pendientes, hipotecas, usufructos, o prohibiciones de enajenar que arriesguen tu dinero. Este estudio es realizado por el abogado especialista de la corredora de propiedades o por el equipo legal del banco que otorga el crédito.
Un terreno con Rol Propio cuenta con una inscripción individual en el Conservador de Bienes Raíces y cumple con las subdivisiones mínimas permitidas por ley (ej. 5.000 m² en áreas rurales). La Cesión de Derechos significa que compras un porcentaje abstracto de un predio mayor compartido con otras personas. Los derechos no permiten subdividir de forma autónoma, no garantizan dominio exclusivo sobre un polígono específico y dificultan enormemente la obtención de créditos hipotecarios.
Es un escenario común y perfectamente seguro. Al redactar la escritura de compraventa, se estipula una cláusula de alzamiento de hipoteca. Con el dinero pagado por el comprador (o su banco), se cancela la deuda pendiente del vendedor directamente al banco acreedor original. Este último emite la liberación de la hipoteca, permitiendo que la propiedad quede a nombre del nuevo comprador totalmente libre de gravámenes.
En una compraventa, ambas partes contraen obligaciones legales estrictas. El Vendedor debe: 1) Entregar la propiedad libre de hipotecas, gravámenes, deudas de contribuciones o prohibiciones (salvo las autorizadas); 2) Suministrar la carpeta de títulos completa para el estudio del abogado; 3) Costear el alzamiento de sus deudas antiguas y la comisión de corretaje; y 4) Entregar materialmente la propiedad en la fecha acordada. El Comprador debe: 1) Pagar el precio convenido en la forma y plazo pactados en la escritura; 2) Financiar los gastos notariales (generalmente 50/50 con el vendedor), el impuesto al mutuo (si usa crédito) y la inscripción en el Conservador (CBR); y 3) Pagar su respectiva comisión de corretaje.

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